Cobranza abusiva: lo que pueden y no pueden hacer los cobradores

Deber dinero no le quita a nadie sus derechos. La Ley del Consumidor (Ley 19.496) pone límites claros a la cobranza extrajudicial.

Lo que no pueden hacer

  • Informar tu deuda a terceros, como tu empleador, vecinos o familiares.
  • Contactarte en días u horarios no permitidos, o con una frecuencia excesiva.
  • Amenazarte, presionarte con mentiras o simular documentos judiciales.
  • Cobrarte gastos de cobranza antes de 20 días de atraso.

Cuánto pueden cobrar de gastos de cobranza

Los gastos de cobranza extrajudicial tienen tope: 9 % por la parte de la deuda que no exceda de 10 UF, 6 % por lo que exceda de 10 y hasta 50 UF, y 3 % por lo que exceda de 50 UF.

Un cobrador no puede embargarte

Una empresa de cobranza no puede embargar por su cuenta. Para un embargo se necesita una demanda, que un tribunal lo ordene y que primero te notifiquen. Si solo recibes llamadas o cartas, todavía tienes tiempo para ordenarte.

Dónde reclamar

Puedes reclamar ante el Sernac o el Juzgado de Policía Local. Si además existe una demanda, conviene revisarla de inmediato.

¿Te están presionando? La primera conversación con un asesor de NIVARA Legal no tiene costo y los honorarios se pagan en cuotas.

Esta guía entrega información general sobre la ley chilena y no reemplaza la revisión de tu caso. Cada causa es distinta: los plazos se confirman en la Oficina Judicial Virtual y con un asesor. Ningún abogado puede garantizar el resultado de un juicio.

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