Me notificaron una demanda ejecutiva: qué hacer los primeros días

Recibir una demanda por deuda asusta, pero lo más importante es simple: los plazos son cortos y corren desde que te notifican. Actuar en los primeros días abre opciones que después se cierran.

1. Confirma que la demanda es real

Las demandas las notifica un receptor judicial, en persona o dejando las copias en tu domicilio. Puedes revisar si existe una causa a tu nombre en la Oficina Judicial Virtual del Poder Judicial, entrando con tu Clave Única. Desconfía de quien te llame exigiendo un pago inmediato sin mostrar la causa.

2. Fíjate en la fecha del requerimiento de pago

En el juicio ejecutivo, el plazo para oponerse (presentar excepciones) se cuenta desde el requerimiento de pago. Por regla general es de 4 días hábiles si te requirieron en la comuna donde está el tribunal, y de 8 días si fue en otra comuna de su territorio. Si se te pasa, el juicio puede seguir directo al embargo y remate.

3. Qué se puede hacer a tiempo

  • Revisar si el título (pagaré, letra, cheque) cumple los requisitos para cobrar ejecutivamente.
  • Revisar si la deuda o la acción están prescritas.
  • Revisar si la notificación se hizo bien; si no, puede pedirse la nulidad de lo obrado.
  • Oponer las excepciones que correspondan, lo que da tiempo para negociar con el acreedor.

4. Lo que conviene evitar

  • Firmar reconocimientos de deuda o repactaciones sin asesoría: pueden interrumpir la prescripción.
  • Vender o traspasar bienes que ya están embargados: puede ser delito.
  • Esperar a que «se arregle solo»: el juicio avanza aunque no respondas.

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Esta guía entrega información general sobre la ley chilena y no reemplaza la revisión de tu caso. Cada causa es distinta: los plazos se confirman en la Oficina Judicial Virtual y con un asesor. Ningún abogado puede garantizar el resultado de un juicio.

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